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Descalificación de las viviendas de protección oficial

Descalificar una VPO significa suprimir las condiciones de protección que le había otorgado la administración autonómica al calificarla como tal y es esta administración la que tiene legalmente y en exclusiva la facultad discrecional para descalificarla.

Es el Ministerio de la Vivienda quien establece los requisitos objetivos para que una vivienda sea considerada protegida, pero como ya hemos dicho, son los entes autonómicos los que únicos facultados legalmente para proceder a  calificar o descalificar las VPO.

Las VPO se caracterizan por las limitaciones a la libertad de disponer que tienen y que tendrán mientras dure el período de protección, así pues, los más significativos son la superficie útil de la vivienda, la obligación de constituir el domicilio habitual y permanente del titular la imposibilidad de disponer de otra vivienda por cualquier título, el precio máximo autorizado de transmisión, etc.

Para solicitar la descalificación voluntaria de una VPO, ha de transcurrir un período de tiempo fijado por ley desde su adquisición, distinto según sea la primera o la segunda y sucesivas transmisiones.

La reciente “Llei del Dret a l’Habitatge” prohíbe explícitamente la descalificación antes de  agotar el período de protección para todas las VPO que se califiquen a partir de la publicación de la ley, esta condición junto con otros numerosos detalles nos demuestran la adopción por parte de la Administración de un criterio cada vez más restrictivo a la concesión de descalificaciones de VPO.

Por todo lo expuesto, recomendamos diligencia en solicitar la descalificación con el fin de adelantarse a futuras dificultades para su obtención. 

 

Vpo Barcelona
Vpo Badalona
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Vpo El Prat de Llobregat
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VPO Gavá
VPO Hospitalet de Llobregat
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